Ley de Segunda Oportunidad. ¿Cuáles son los Requisitos para acogerse?Ley de Segunda Oportunidad. ¿Cuáles son los Requisitos para acogerse?Ley de Segunda Oportunidad. ¿Cuáles son los Requisitos para acogerse?Ley de Segunda Oportunidad. ¿Cuáles son los Requisitos para acogerse?
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El  nuevo Reglamento de Extranjería. Asilo y Arraigo, ¿qué debes tener en cuenta?.
12 de diciembre de 2024
Published by GaliaAbogados on 16 de diciembre de 2024
Categories
  • Actualidad jurídica
Tags
  • concurso de acreedores
  • exoneracion de deuda
  • segunda oportunidad

La última reforma de la Ley Concursal, operada en 2022, ha simplificado los requisitos para que, tanto particulares como autónomos, puedan acceder al conocido como “Exoneración del pasivo insatisfecho” (“EPI”), ofreciendo a sus beneficiarios la posibilidad de cancelar sus deudas y reiniciar su vida financiera.

A continuación, expondremos de forma sencilla los principales requisitos para que, como particular endeudado, puedas empezar de nuevo libre de deudas:

1. Ser una Persona Física

El EPI, o lo que es lo mismo, la liberación de tus deudas, se aplica únicamente a personas físicas, tanto empresarias autónomas como meros particulares sin actividad empresarial. Por tanto, las sociedades no pueden acogerse a este beneficio, si bien sus administradores y socios personas físicas sí podrían.

2. Tener Múltiples Acreedores

Es preciso que, al menos, el beneficiario hubiese contraído deudas con más de un acreedor. Estos podrán ser (entre otros) bancos, entidades financieras, proveedores, la Agencia Tributaria o la Seguridad Social.

Este requisito asegura que la situación de endeudamiento sea significativa y no se limite a una única obligación pendiente.

3. Encontrarse en Situación de Insolvencia

El deudor debe estar en una situación de insolvencia actual o inminente, es decir, ser incapaz de cumplir regularmente con sus obligaciones de pago o prever que no podrá hacerlo en un futuro próximo. Es fundamental que esta insolvencia no haya sido provocada de manera intencionada o fraudulenta.

4. Actuar de Buena Fe

La buena fe es un principio esencial en este proceso. Para demostrarla, el solicitante debe cumplir los siguientes criterios:
- No haber sido declarado culpable en un concurso anterior.
- No haber cometido delitos económicos, sociales o relacionados con el patrimonio, como fraude o alzamiento de bienes.

5. Deudas que se Pueden Cancelar

La reforma de 2022 permite, además de las deudas con entidades privadas, extender la exoneración de deudas a aquellas de naturaleza pública, como las contraídas con Hacienda o la Seguridad Social, hasta ciertos límites establecidos. Sin embargo, las obligaciones por alimentos o pensiones compensatorias no son exonerables y deben ser satisfechas.

6. Presentación de una Lista Completa de Bienes y Deudas

Es necesario proporcionar un listado detallado de todos los bienes, ingresos y deudas que tenga el solicitante, indicando de forma concreta el importe y origen del pasivo, así como el total de los activos de los que se disponga. Esta transparencia es crucial para que el juez evalúe adecuadamente el caso.

Conclusión

El EPI se ha consolidado como una herramienta valiosa para quienes enfrentan situaciones económicas insostenibles. Cumplir con los requisitos legales es esencial para acceder a este mecanismo y lograr la exoneración de deudas, incluidas ciertas deudas públicas. Si estás en una situación financiera complicada, contar con el asesoramiento de un profesional especializado puede marcar la diferencia para aprovechar esta herramienta legal y empezar de nuevo.

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